Marzo 9 de 2021 – El Centro de Derechos Reproductivos y la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local, con el acompañamiento de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto, presentarán sus argumentos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Manuela y familiares contra El Salvador. La Corte tiene por primera vez la oportunidad de reconocer que la negación y penalización absoluta de servicios de salud reproductiva se convierte en discriminación y violencia contra las mujeres que sufren emergencias obstétricas.
Manuela fue una salvadoreña de escasos recursos que vivía en una zona rural, su estado de salud venía decayendo debido a un cáncer linfático y, sin que le hubieran dado un diagnóstico acertado, tuvo su tercer embarazo. Un día de 2008 se dirigió a evacuar a la letrina que se encontraba a unos metros de su casa porque empezó a sentir un fuerte dolor pélvico y abdominal. Manuela sabía de su embarazo pero no que en ese momento enfrentaba una emergencia obstétrica: expulsó un feto y se desmayó, se trató de un parto precipitado a causa de su precaria salud. Fue llevada al hospital pero a pesar de su grave estado, el personal médico la denunció por el supuesto delito de aborto pues creyeron que ella estaba escondiendo una supuesta “infidelidad”. La Policía la engrilletó a la camilla y la interrogó sin la presencia de un abogado.
Manuela fue indebidamente condenada a 30 años de prisión por el supuesto delito de homicidio agravado luego de graves irregularidades en el injusto proceso penal que enfrentó. Murió en 2010, privada de la libertad y dejando huérfanos a dos hijos, porque el Estado no le brindó diagnóstico ni tratamiento apropiado para un cáncer linfático que se le desarrolló y que fue una de las causas de la emergencia obstétrica que tuvo, esto sin contar otras afecciones que pudieron aquejarla pero que debido a la falta de atención no fueron identificadas.
“Recuerdo a mi mamá, ella nos aconsejaba y nunca nos dejó andar solos. Es doloroso crecer sin madre porque ese amor es inigualable. Le pido al Estado que no hagan estas cosas porque nos dejaron abandonados sin una mamá”, dijo Santos de Jesús, hijo mayor de Manuela.
Este litigio empezó en 2012 cuando el Centro de Derechos Reproductivos y la Colectiva Feminista presentaron el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En octubre de 2019 la Comisión decidió presentar el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos considerando que el Estado salvadoreño había violado varios derechos humanos de Manuela, entre ellos, el derecho a la vida, la salud, a las protecciones y garantías judiciales, a estar libre de discriminación y violencia de género.
“La historia de Manuela es una historia triste que está cambiando y se convierte en un camino de justicia y esperanza para todas las mujeres que en América Latina y el Caribe son criminalizadas por eventos obstétricos”, dijo Morena Herrera, representante de la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local.
“El Centro sigue utilizando el poder del litigio para que niñas y mujeres puedan tener las garantías necesarias para gozar de sus derechos humanos al más alto nivel posible”, dijo Nancy Northup, presidenta y directora general del Centro de Derechos Reproductivos. “Lamentablemente lo que le pasó a Manuela sucede en muchas partes del mundo y por esa razón acudimos a la Corte IDH, para que se reconozcan estándares internacionales que acaben con ese tipo de persecución a mujeres inocentes en toda América Latina y sea un referente para el mundo”, agregó.
“Manuela fue víctima de un Estado que no protege la vida y la salud de mujeres, que las discrimina y criminaliza, entre otras, por tener complicaciones naturales del embarazo y que no brinda garantías para resguardar secreto profesional del personal médico”, dijo Catalina Martínez Coral, directora regional del Centro de Derechos Reproductivos. “Queremos que El Salvador asuma una responsabilidad internacional que ha evadido desde hace años a pesar de que en reiteradas oportunidades múltiples organismos de derechos humanos le han pedido que revise la legislación que causa esta injusta criminalización de mujeres”, agregó Martínez.
“Estamos acompañando a la familia de Manuela en esta búsqueda de justicia y reparación, la ausencia de Manuela es dolorosa, porque enfrentó violaciones múltiples a sus derechos, el Estado les falló, a sus familiares y a Manuela. Es por eso que este proceso ante la Corte IDH posibilita construir esperanza de transformación, para que esté horror no vuelva a ocurrir, para que el estigma y discriminación puedan erradicarse, para que la familia de Manuela pueda sanar la dolorosa e injusta pérdida de su hija y madre. Expresó Sara García de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto en El Salvador.
El Centro de Derechos Reproductivos y la Colectiva Feminista pidieron a la Corte IDH que emita una decisión para que el Estado salvadoreño reconozca su responsabilidad en un acto público; repare a la familia de Manuela por el sufrimiento causado garantizándoles acceso a educación, seguridad social, tratamientos de rehabilitación de salud mental y física, y les provea los medios suficientes para reestablecer sus proyectos de vida.
Las organizaciones también esperan que la sentencia de la Corte le pida específicamente a El Salvador que tome medidas para que el caso de Manuela no se repita estableciendo políticas públicas estructurales que deben incluir: una urgente revisión de las condenas de mujeres criminalizadas penalmente por emergencias obstétricas; medidas legislativas para regular de forma adecuada el Código de Salud con el objetivo de que el tratamiento de emergencias obstétricas no origine responsabilidad penal; campañas informativas y capacitaciones a funcionarios estatales; fortalecimiento de la Defensa pública y, entre otras, reformas de las deficiencias del sistema penal y penitenciario.
En materia de estándares de derechos humanos las organizaciones representantes del caso esperan que el tribunal reconozca que:
- La penalización absoluta del aborto crea un contexto normativo que constituye una forma de discriminación y violencia de género pues impacta de manera desproporcionada a las mujeres que se encuentran en situación de vulnerabilidad y que estimula la criminalización de sus procesos reproductivos, incluyendo las emergencias obstétricas.
- La entrega de información médica confidencial de mujeres que requieren atención obstétrica de emergencia a autoridades policiales y judiciales por parte de profesionales de la salud constituye vulneraciones al derecho a la vida privada y a la salud.
- Detener y esposar a las mujeres que se encuentran recibiendo atención obstétrica de emergencia constituye tortura. Además, ese tipo de detenciones preventivas que se basan únicamente en la gravedad del delito son arbitrarias y violan la presunción de inocencia.
- Las prácticas y razonamientos que consideran que las mujeres en grave estado de salud deben poner por encima de su vida propia al feto, incluso si se encuentran inconscientes o vulnerables, constituyen estereotipos de género y esa es una forma de discriminación y violencia basada en el género. Ese tipo de estereotipos se convierten en barreras para acceder a los sistemas de salud y de justicia.
La Audiencia de la Corte, con sede en San José Costa Rica, se realizará los días 10 y 11 de marzo de forma virtual. La decisión de la Corte tendrá efectos en dos niveles, el primero es nacional pues El Salvador estará obligado a cumplir la sentencia debido a que de manera soberana reconoció, desde 1995, la jurisdicción de ese tribunal. El segundo es a nivel continental pues la decisión del tribunal generará jurisprudencia que entrará a formar parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos el cual es reconocido por la mayor parte de países en América Latina y el Caribe.