San Salvador, 3 de abril del 2019. Pablo de Dolores Henríquez Ayala fue condenado a 13 años y cuatro meses por violación sexual agravada en perjuicio de su hijastra Imelda Cortez. Esta resolución será apelada por la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto ya que Henríquez Ayala fue absuelto del delito de violación sexual agravada en menor e incapaz, en su modalidad continuada, existiendo suficiente prueba de cargo para desvirtuar la presunción de inocencia del agresor.
Pablo Henríquez fue condenado hoy por el Tribunal de Sentencia de Usulután. El hombre de 71 años ejerció vioilencia sexula a su hijastra, Imelda, durante siete años, de acuerdo con la denuncia presentada por la joven en abril de 2017.
Imelda tenía 12 años cuando su padrastro comenzó a cometer este delito. A raíz de esto, quedó embarazada y experimentó un parto extrahospitalario.
En su resolución, el Tribunal reconoció la valentía de Imelda al denunciar a su padrastro. También destacó que la joven no tiene ningún interés de causarle un perjuicio al imputado. Y expresó que su relato es creíble, coherente y que es el mismo relato que aparece en todos los peritajes incorporados en el proceso.
“A Imelda se le vulneraron todos los derechos establecidos en leyes nacionales, en tratados y convenciones internacionales para garantizar el acceso a la justicia de niños y niñas. Este día es una victoria para Imelda, quien siendo una joven en situación de vulnerabilidad tuvo la valentía de denunciar un hecho de violencia sexual cometido por su padrastro, Pablo Henríquez”, celebró Ana Martínez, una de las abogadas del equipo querellante en la acusación contra Henríquez Ayala.
El agresor de Imelda, aprovechando su situación de superioridad y abusando de su poder, sometió a Imelda desde los 12 hasta los 19 años de edad. Esto fue reconocido por el Tribunal durante la audiencia de sentencia. Para el juez no es creíble que ella sintiera afecto por su padrastro, dada la diferencia de edad entre ambos y la relación de poder y de violencia que él ejercía sobre ella. Además, la prueba genética de ADN realizada a Imelda, a su agresor y a la hija, producto de la violación, robustece el relato de la joven, aseguró.
El juzgador, sin embargo, absolvió a Henríquez Ayala del delito de violación sexual agravada en menor e incapaz, en su modalidad continuada, por ello la Agrupación Ciudadana apelará esta sentencia ante la Cámara de la Segunda Sección de Oriente para que este delito no quede impune.
El caso de Imelda evidencia la situación que viven miles de niñas, adolescentes y jóvenes, sobrevivientes de violencia sexual en El Salvador. El Instituto de Medicina Legal y la Policía Nacional Civil reciben cada año un promedio de seis mil denuncias por delitos relacionados con las libertades sexuales; y, estos en su mayoría, quedan en la impunidad como ha sido revelado en distintos reportes periodísticos. Para la Agrupación Ciudadana, el acceso a la justicia para las niñas, adolescentes, jóvenes y sobrevivientes de violencia sexual, en general, debería de ser discutido a escala nacional y debe ser un tema de importancia en las políticas públicas de El Salvador. La oenegé recuerda a los juzgadores que deben de aplicar los estándares internacionales de derechos humanos al conocer estos casos. Lo ocurrido a Imelda permite estudiar la importancia de reformar el artículo 133 del Código Penal, para que se despenalice el aborto cuando sea producto de violencia sexual; y, para evitar la criminalización de las mujeres pobres cuando experimentan partos extrahospitalarios y/o emergencias obstétricas, quienes son detenidas en los hospitales, esposadas a las camas de los hospitales y acusadas de aborto, homicidio o intento de homicidio. Ya que como se demostró, Imelda nunca cometió un delito.