Somos un grupo de profesionales latinoamericanos de la medicina, que en el desarrollo de nuestro trabajo en instancias nacionales e internacionales hemos debido abordar la interrupción del embarazo desde una perspectiva de salud.
Conocedores de que en El Salvador se está debatiendo una propuesta de reformas legislativas sobre esta materia e invitados por IPAS, deseamos compartirles algunas reflexiones a partir de nuestra experiencia médica.
El Derecho a la salud, impone a los Estados la obligación positiva de adoptar todas las medidas necesarias para que las personas alcancen el máximo nivel de bienestar, así como la obligación negativa, de evitar cualquier interferencia para acceder a él.
La combinación de políticas públicas apropiadas y de mejoras en la atención sanitaria, dimensiones preventiva y curativa, han permitido avances significativos en Centroamericana y en El Salvador en la disminución de la mortalidad materna, lográndose importantes avances en el cumplimiento de los Objetivos del Milenio. Sin embargo, en El Salvador al igual que en la mayoría de países, al analizar la mortalidad materna se identifica que el mayor porcentaje de muertes son prevenibles y potencialmente previsibles sobre las no previsibles. También al analizar los casos de muerte materna, se encuentra que estas están relacionadas con causas indirectas y tienden a aumentar respecto a las muertes directas.
En este marco, la sociedad y sus instancias político legislativas, es recomendable que construyan consensos mínimos para seguir avanzando en la lucha contra la mortalidad y morbilidad de mujeres durante su embarazo o parto, generando instrumentos legales que garanticen la protección de su vida, por lo menos en cuatro circunstancias:
- Cuando el embarazo implique riesgo grave para la salud o la vida de la mujer
- Cuando el embarazo impida cuidados requeridos para proteger su salud o su vida
- Cuando se verifica que el feto tiene anomalías congénitas que son incompatibles con la vida extrauterina.
- Y cuando el embarazo es impuesto por violación.
En estos casos, se necesita un instrumento legal que permita tener la opción de la interrupción del embarazo, para proteger el derecho de la mujer a la salud y la vida en presencia de cualquiera de estas causales, reconocidas universalmente, con raras excepciones, como es el caso de El Salvador actualmente.
Una legislación penalizadora del aborto, coloca al profesional de salud en una posición de impotencia, por temor a ser acusados de provocar un aborto ya que no define las actuaciones en las que el personal sanitario pueda contemplar la interrupción del embarazo, cuando este pone en alto riesgo la salud y vida de las mujeres. De esta forma, la legislación actual impide que el personal sanitario tome las medidas recomendadas para evitar el daño o la muerte de la mujer, si se permite la continuación del embarazo en casos como la Insuficiencia Renal Crónica, Colagenopatías, Hipertensión Arterial Crónica, Cardiopatías Congénitas, malformaciones congénitas incompatibles con la vida extrauterina o embarazos Ectópicos.
Podemos decir que desde la perspectiva de salud pública, la ley de interrupción del embarazo por causas terapéuticas permite al personal sanitario adoptar las medidas más pertinentes para el cuidado de la salud de la mujer embarazada y prevenir complicaciones graves y permanentes o la muerte materna.
Por ello el Comité de Ética de la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO), manifiesta que “Existe un amplio consenso en el sentido de que el aborto es éticamente justificable cuando se efectúa por razones médicas para proteger la vida y la salud de la madre…”. De forma similar, la Federación Latinoamericana de Ginecología y Obstetricia (FLASOG), ha declarado que “no está a favor ni promueve el aborto, pero que éste es un problema de salud pública… que los médicos debemos tener en cuenta…”. Llamamos la atención a que FLASOG deja claro que no es a favor del aborto. En ese sentido es fundamental recordar que la experiencia mundial muestra que la frecuencia del aborto no depende de la legislación y que la tasa de aborto no aumenta con legislaciones más liberales, y por el contrario, puede disminuir, si al mismo tiempo se adoptan las otras medidas que consiguen reducir los abortos, como es la información y acceso garantizado y gratuito a anticoncepción de alta eficacia.
Consideramos que la propuesta de reformar la legislación salvadoreña para despenalizar el aborto por causales de salud y vida de las mujeres, que la Asamblea Legislativa está analizando, sería un paso importante para garantizar el derecho a la salud de las mujeres y la seguridad jurídica de los trabajadores de la salud que deben enfrentar embarazos de alto riesgo, sin que esto signifique un aumento en el número de abortos.