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Contacto de prensa: Jorge Menjívar
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Comunicado de prensa 11/02/2016
Ante la propagación del virus del zika y la información de que puede provocar microcefalia y trastornos neurológicos en los fetos de mujeres gestantes que sufran esta enfermedad, así como el síndrome de Guillan Barré en personas infectadas, queremos realizar las siguientes consideraciones y propuestas.
Los conglomerados de casos de microcefalia y trastornos neurológicos que se están dando en la región nordeste de Brasil, en mujeres embarazadas que han padecido zika, han llevado a que de “acuerdo con las buenas prácticas médicas en el ámbito de la salud pública y ante la falta de otra explicación para estos conglomerados”1 la Directora general de la OMS ha realizado un llamado urgente declarando esta situación como una “emergencia de salud pública de importancia internacional”.
Ante este llamado de emergencia, el Ministerio de Salud de nuestro país está respondiendo con diversas acciones:
• Ha informado a la población de los riesgos que supone un embarazo mientras exista una fuerte incidencia de infección por zika, haciendo la recomendación a que las mujeres no se embaracen en los próximos dos años 2016-2017.
• Para facilitar el acceso a la planificación familiar de la población, ha reforzado su abastecimiento en anticonceptivos.
• Está dando seguimiento y atención a las mujeres embarazadas que han sido diagnosticadas con zika. Aunque hasta el momento, no se ha detectado ninguna afectación por microcefalia, será en el mes de agosto 2016, cuando se podrá ver el impacto de esta epidemia, que empezó a desarrollarse en nuestro país a finales de 2015.
• Así mismo ha intensificado las campañas de erradicación del mosquito Aedes aegypti, vector transmisor del zika.
• Han señalado que la legislación vigente impide realizar en el sistema de salud, una interrupción legal y segura del embarazo, a mujeres gestantes infectadas por zika.
Consideramos correcto que el Ministerio de Salud informara a la ciudadanía de los efectos que tiene el zika en el feto cuando una mujer embarazada contrae esta enfermedad, pudiendo provocar microcefalia y otros trastornos neurológicos en el producto en gestación, que al nacer podrían tener graves problemas de motricidad, habla, visión y desarrollo cerebral, que requerirán atención continua y especializada tanto para la familia como para el sistema de salud.
Sin embargo, consideramos que aconsejar no embarazarse es una medida de difícil aplicación e insuficiente por diversas causas. En primer lugar, el Estado debe de garantizar la salud de la población, erradicando la enfermedad y por tanto los riesgos de contagio, aunque para lograrlo es también importante la participación ciudadana. No se debe de trasladar a la población y en especial a las mujeres, el no quedar embarazadas, por una parte porque en todo embarazo hay la participación de un hombre que debe de asumir también esta responsabilidad. Además hay que considerar que en nuestro país el 39% de embarazos no son planificados2 , producto de falta de información sexual y reproductiva de la población, difícil acceso a métodos anticonceptivos y en muchos casos, producto de violencia sexual, abuso, violación, incesto o relaciones no consentidas, que suelen quedar en impunidad.
Esta situación puede generar en El Salvador, un grave problema de salud pública, debido al nacimiento de un elevado número de criaturas con microcefalia que requerirán cuidados especiales de salud y educación, que el Estado deberá garantizar a estas criaturas y a sus familias. Además, al igual que en otros países latinoamericanos, es previsible el incremento de abortos inseguros realizados por mujeres que no se encuentren en capacidad de continuar con un embarazo con malformaciones fetales y decidan interrumpirlo y al no encontrar la forma de realizarlo de forma legal y segura, lo hagan de manera clandestina, incrementando la morbimortalidad por esta causa.
Consideramos que el Estado, siguiendo las recomendaciones del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, para que “los gobiernos garanticen el acceso a información y servicios de salud sexual y reproductiva de calidad, integrales y asequibles, sin discriminación, incluyendo la anticoncepción de emergencia y los servicios de aborto seguro”3 , debe de tomar las siguientes medidas para garantizar el derecho a la salud de la población y en especial de las mujeres.
• Implementar por el Ministerio de Educación, de forma urgente y en el presente año escolar, el Programa de Educación Integral en Sexualidad, que ya tiene elaborado para su aplicación en los diferentes niveles educativos. Con ello se incidirá en la prevención de embarazos precoces en la niñez, adolescencia y juventud. La aprobación de la Ley de Educación Integral en Sexualidad contribuiría a convertir este componente educativo en una política de estado.
• Que el MINSAL garantice acceso ágil, amplio, gratuito e informado de métodos anticonceptivos, de fácil uso, incluidos los de barrera, como condones masculinos y femeninos.
• Fortalecer y ampliar los servicios del MINSAL, de asesoría y acceso a anticoncepción destinados a adolescentes y jóvenes, con personal idóneo, en un ambiente libre de estigmas y discriminación respecto a la sexualidad y con personal amigable.
• Que el MINSAL proporcione información clara y oportuna a las mujeres embarazadas afectadas por el Zika, de las consecuencias que pueden tener en el producto de su gestación, así como las terapias y necesidades especiales de salud y educativas que puede requerir la criatura por nacer, así como la capacidad y limitaciones que tiene el Estado de brindarla.
• Cambios legislativos que permitan la decisión informada y autónoma de las mujeres sobre la posibilidad de continuar o interrumpir de forma legal y segura el embarazo, en casos de estar infectadas por zika con riesgo de afectaciones graves para el producto en gestación y su propio estado de salud. Dicha legislación sería aplicable en otros casos de embarazos que pongan en riesgo la vida y salud de las mujeres.
• Acciones sostenidas de prevención y erradicación del vector transmisor del zika, en especial en las zonas de mayor pobreza y marginación, donde por las deficientes condiciones de salubridad hay mayor presencia de la enfermedad.
• Acciones medioambientales y de dotación de servicios de agua potables y saneamiento, en sectores de mayor pobreza y marginación para evitar las causas estructurales que facilitan la propagación de los vectores transmisores del zika y otras enfermedades infecciosas.
Suscriben el pronunciamiento
Agrupación Ciudadana por la despenalización del aborto y terapéutico, ético y eugenésico.
Organización de Mujeres por la Paz. ORMUSA
Asociación de Mujeres por la Dignidad y la Vida. LAS DIGNAS
Católicas por el Derecho a Decidir El Salvador. CDD
Jóvenes voceras y voceros.
Empoderarte.
Instituto de Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Mujer. IMU
[1] Declaración de la OMS sobre la primera reunión del Comité de Emergencia del Reglamento Sanitario Internacional (2005) sobre el virus del Zika y el aumento de los trastornos neurológicos y las malformaciones congénitas
[2] Informe FESAL 2008
[3] Oficina del Alto Comisionado de Naciones unidas para los Derechos Humanos. Ginebra 05/02/2016. http://www.oacnudh.org/?p=4498