Publicado en ContraPunto
Por: Katia Recino
La defensa penal de derechos humanos y de derechos sexuales/reproductivos de mujeres en El Salvador un escenario complicado, y puede observarse desde la forma de actuar de los jueces en materia penal, específicamente cuando resuelven sobre casos de mujeres que han vivido una emergencia obstétrica, un parto fuera del hospital o un aborto espontáneo, que les genera como consecuencia la pérdida y fallecimiento del producto de su embarazo. En la práctica jurídica de la defensa penal de dichas mujeres, se observan diferentes irregularidades cometidas en la actuación de los operadores del órgano judicial, especialmente por parte de los juzgadores.
Importantes organizaciones de la sociedad civil han documentado la existencia de esas irregularidades de los jueces de lo penal, por medio de un estudio académico realizado por parte de la Agrupación Ciudadana Por la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico, denominado “errores en proceso penal de mujeres acusadas por delito de aborto en El Salvador”; en ese estudio se realiza un a análisis académico y doctrinario de los diversos errores judiciales que se reflejan en 17 procesos penales de mujeres que actualmente están privadas de libertad por haber vivido inicialmente una emergencia obstétrica, un aborto espontáneo o un parto extra hospitalario.
Esos Errores Judiciales, han sido encontrados mediante el análisis de dichos expedientes judiciales y la dogmática penal, dónde se analiza y se evidencia importantes violaciones a las garantías fundamentales de derechos humanos tales como el debido proceso, la presunción de inocencia, la defensa técnica, y otras violaciones a la garantías más específicas, como lo son la garantía de presunción de culpabilidad y la errónea obtención de la prueba forense, que incumple con el principio de legalidad de las pruebas forenses. Por ejemplo, se menciona en algunos que esta prueba forense carece de contenido e irregularidades cuando fue obtenida e iniciaron las investigaciones en contra de las mujeres. Eso solo es una muestra de los diferentes problemas que en la actualidad tiene el organismo jurisdiccional en materia penal del Estado Salvadoreño, y sustenta la afirmación de que mientras el país cuente con una legislación penal tan restrictiva sobre el aborto que no regula situaciones claras que suceden durante un embarazo, no le podrá permitir al juez de lo penal emitir resoluciones adecuadas que den otra alternativa menos injusta a las mujeres que viven una situación en la complicación en su embarazo, frente a una emergencia obstétrica, un parto extra hospitalario o un aborto espontáneo. Con todo ello se evitaría recriminar más a las mujeres que por haber vivido esas situaciones del fallecimiento del producto del embarazo. Esos errores judiciales de los procesos penales de Las 17 mujeres, también evidencian situaciones dónde al examinar los expedientes clínicos se evidencia: “…que se les practicaron pruebas médicas que determinan que la interrupción de su embarazo había sido producto de haber sufrido un parto extra hospitalario y sin embargo éstas pruebas no fueron suficientes para los juzgadores que conocieron sus casos durante su proceso penal, emitiendo sanciones con penas que oscilan entre 12 hasta 40 años de prisión”.
Así mismo, en otros 3 casos, la prueba forense no fue concluyente, en las autopsias no se logra determinar la edad gestacional del producto del embarazo y que causa lo llevó al fallecimiento; y aun así el juzgador emitió su resolución condenatoria, evidenciando su errónea actuación judicial al emitir sus resoluciones. En mi opinión como defensoras de derechos humanos y derechos sexuales – reproductivos, debemos continuar documentando sobre el actuar irregular de ciertos jueces en el sistema de justicia penal salvadoreño. Para que no sigan pasando situaciones tan injustas y que claramente evidencien cuáles son los Errores judiciales que se presentan en éste tipo de situaciones, y no dejar en la impunidad la errónea actuación de los jueces en los casos de Las 17 mujeres que vivieron partos fuera del hospital, abortos espontáneos o emergencias obstétricas y que están con condenas a privarlas de su libertad desde 25 hasta 40 años de prisión.