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Errores Judiciales: procesos penales de mujeres
  • 1 diciembre 2015
Beatriz quiería vivir y ser feliz, Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto El Salvador

Publicado en ContraPunto

Por: Katia Recino

La defensa penal de derechos  humanos y de derechos sexuales/reproductivos de mujeres en El Salvador un escenario complicado,  y puede observarse desde  la forma de  actuar de los  jueces en materia penal, específicamente  cuando resuelven sobre  casos de mujeres que han vivido una emergencia obstétrica,  un parto fuera  del hospital o un aborto espontáneo, que les genera como consecuencia la pérdida y fallecimiento del producto de su embarazo.  En la práctica jurídica de la defensa penal de dichas mujeres, se observan diferentes irregularidades cometidas en la actuación de los operadores del órgano judicial, especialmente por parte de los juzgadores.

 

Importantes organizaciones de la sociedad civil han documentado la existencia de esas irregularidades de los  jueces de lo penal, por medio de un estudio académico realizado por parte de la Agrupación Ciudadana Por la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico, denominado “errores en  proceso penal  de mujeres acusadas por  delito de aborto en El Salvador”; en ese estudio  se realiza un a análisis académico y doctrinario de  los diversos errores judiciales que se reflejan en 17  procesos penales  de mujeres que actualmente están privadas de libertad por haber vivido inicialmente una emergencia obstétrica, un aborto espontáneo o un parto extra hospitalario.

Esos Errores Judiciales,  han sido encontrados  mediante el análisis de dichos  expedientes judiciales y  la dogmática penal,  dónde  se analiza y se  evidencia importantes  violaciones a  las  garantías  fundamentales de derechos humanos tales como el  debido proceso, la presunción de inocencia, la  defensa técnica, y otras violaciones a la garantías más específicas,  como lo son  la  garantía de presunción de culpabilidad  y la errónea obtención de la prueba forense, que incumple con el principio de legalidad de las pruebas forenses. Por ejemplo, se menciona en algunos que esta prueba forense carece de contenido e irregularidades cuando fue obtenida e iniciaron las investigaciones en contra de las mujeres.  Eso solo es una muestra de los diferentes problemas que  en la actualidad tiene el organismo jurisdiccional en materia penal del Estado Salvadoreño,  y sustenta la afirmación de que mientras  el país cuente con una legislación penal tan restrictiva sobre el aborto que no regula situaciones claras que suceden durante un embarazo, no le  podrá permitir al juez de lo penal emitir resoluciones adecuadas que den otra alternativa menos  injusta a las mujeres que viven   una situación en la complicación  en su embarazo, frente  a una emergencia obstétrica, un  parto extra hospitalario o un aborto espontáneo. Con todo ello se evitaría recriminar más a las mujeres que  por haber vivido esas situaciones  del fallecimiento del  producto del embarazo.  Esos errores judiciales de los procesos penales de Las 17 mujeres, también evidencian situaciones dónde al examinar  los expedientes clínicos se evidencia: “…que se les practicaron pruebas médicas que determinan que la interrupción de su embarazo había sido producto de haber sufrido un parto extra hospitalario y sin embargo éstas pruebas no fueron  suficientes para los juzgadores que conocieron sus casos durante su proceso penal, emitiendo sanciones con penas que oscilan entre 12  hasta 40 años de prisión”.

Así mismo, en otros 3  casos, la prueba forense no fue concluyente, en  las autopsias no se logra determinar la edad gestacional del producto del embarazo  y que  causa lo llevó al fallecimiento; y aun así el juzgador emitió su resolución condenatoria, evidenciando su errónea actuación judicial al emitir  sus resoluciones. En mi opinión como defensoras de derechos humanos y derechos sexuales – reproductivos,  debemos continuar documentando sobre el  actuar irregular de ciertos jueces  en el  sistema de justicia  penal salvadoreño.   Para que no sigan pasando situaciones tan injustas  y que claramente  evidencien cuáles son  los Errores  judiciales que se presentan en éste tipo de situaciones, y no  dejar en la impunidad  la errónea actuación de los jueces en los casos de Las 17 mujeres que vivieron partos fuera del hospital, abortos espontáneos o emergencias obstétricas y que  están  con condenas  a privarlas de su libertad desde 25 hasta 40 años de  prisión.

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