INDULTO YA PARA MIRNA
Desde el 21 de octubre la CSJ emitió DICTAMEN FAVORABLE para que la Asamblea Legislativa le conceda indulto
Han pasado dos plenarias y la Asamblea Legislativa no cumple su responsabilidad para la aprobación del indulto a favor de Mirna, una de LAS17 mujeres encarceladas injustamente por haber sufrido complicaciones obstétricas.
Mirna fue condenada en noviembre del 2003 a 12 años y 6 meses de prisión por “Homicidio Agravado Imperfecto o Tentado”, su hija está viva y desde que nació ha vivido alejada de su madre. Mirna está a punto de cumplir la totalidad de su condena, actualmente con libertad condicional anticipada. Su condena puede eximirse totalmente este próximo jueves 13 de noviembre si la Asamblea Legislativa le concede la gracia del indulto.
Mirna no es una asesina, tuvo un parto prematuro, extrahospitalario, tras un embarazo que había presentado problemas de sangramiento, como explicó en sus declaraciones que no fueron escuchadas durante el juicio. Esperaba a su hija con alegría e ilusión. Las condiciones de pobreza en las que vivía con su esposo influyeron en la falta de atención a su salud.
Como explican las médicas Dra. Christine Curry y Dra. Jodi Abbott, en su análisis del caso de esta mujer, existen diversos factores que explican las complicaciones obstétricas que ocurrieron en su parto. Afirman que “con el antecedente de una cesárea anterior de esta paciente, podría haber estado en riesgo de una placentación anormal. Las pacientes con este problema a menudo tienen sangramiento vaginal sin dolor durante el embarazo. A veces, el sangramiento puede ser muy abundante y amenazar la vida de la madre o del feto; el sangramiento puede desencadenar un trabajo de parto prematuro (contracciones pretérmino) o nacimiento prematuro.”
También explican que “La incompetencia cervical es una enfermedad en la cual el cuello del útero se abre (dilata) sin contracciones dolorosas. Es frecuente que las mujeres con esta condición tengan su parto en los baños debido a su sensación de presión extrema y sin dolor, y la rápida expulsión del bebé con pocas contracciones (…). Es mucho más común en las mujeres que han sangrado durante el embarazo. Si Mirna sufría de incompetencia cervical, esto explicaría su sangramiento continuo durante el embarazo, y podría explicar lo fácil y rápido que fue expulsado el bebé.” Lamentablemente esto tampoco fue considerado en el juicio que le condenó.
Así mismo detallan que “es común en las mujeres que tienen una historia de una muerte neonatal anterior o mucho tiempo de infertilidad experimenten ansiedad y estrés relacionado con un embarazo posterior”. La historia de Mirna detalla que 15 años antes, había “tenido un primer hijo con un defecto congénito grave, lo que resultó en un parto prematuro por cesárea y la muerte neonatal posterior… Por ello insisten que “es difícil determinar si el miedo y la ansiedad o si la pobreza o una combinación de ambas impidieron a Mirna a acceder a la atención prenatal”.
Los Diputados y Diputadas tienen, de acuerdo a la Constitución de la República, la atribución exclusiva de CONCEDER EL INDULTO para Mirna este próximo 13 de noviembre y acortar unos días su condena. Esta es sus manos concederle el eximente de su condena y acortar su re-victimización.
Según los plazos establecidos por la Ley Especial de Ocursos de Gracia, hace 3 meses se debió haber resuelto la petición de las 17 solicitudes de indulto presentadas a la Asamblea Legislativa. A nivel nacional e internacional es reconocido que a Las17 no se les garantizó la presunción de inocencia ni un juicio justo. Tampoco tuvieron una defensa apropiada que demostrara que no hubo intencionalidad o dolo. Los estudios presentados el pasado 3 de noviembre ante la CSJ y Asamblea Legislativa, realizados por el Doctor Gregory J. Davis y las Doctoras Christine Curry y Jodi Abbott demuestran que Las17 fueron condenadas en base a pruebas que carecieron de rigor científico.
Ante los informes de especialistas en gineco-obstetricia y medicina forense presentados, algunos servidores públicos han reaccionado con opiniones que carecen de ética profesional y muestran posturas prejuiciadas. Y por ello, reiteramos nuestro llamado a servidores públicos a abstenerse de expresar sus opiniones personales utilizando su cargo; a cumplir aquello que les compete de acuerdo a lo que la ley les faculta. En la Ley Especial de Ocursos de Gracia no está establecido que el Instituto de Medicina Legal de opiniones y haga pública información parcial relacionada con los casos, emitiendo juicios de valor. Su función debe atenerse a lo que indica su Reglamento establecido en el Acuerdo N° 339 emitido por la Corte Suprema de Justicia.
LLAMAMOS A TODAS LAS DIPUTADAS Y DIPUTADOS A QUE MUESTREN SU SENTIDO DE HUMANIDAD Y RESPONSABILIDAD APROBANDO EL INDULTO PARA MIRNA EN ESTA PRÓXIMA PLENARIA.
A las organizaciones que defienden derechos humanos, les pedimos que nos sumemos a esta petición porque cada día que pasa se le niega a Mirna la posibilidad de reiniciar su vida, al lado de su hija y de sus familiares.
➢ Una vez más hacemos un llamado a Magistrados y Magistradas de la Corte Suprema de Justicia a resolver favorablemente las 16 solicitudes de indulto restantes para rectificar las violaciones procesales a la presunción de inocencia y los graves errores en las sentencias contra estas mujeres.
➢ Reiteramos nuestra solicitud a la Procuraduría para la Defensa de Derechos Humanos a velar por el debido proceso de trámite de la solicitud de Indulto y por la integridad física y legal de las defensoras de derechos humanos que defienden a Las17.
PORQUE LA LIBERTAD DE LAS 17
ES UN ACTO DE RESPONSABILIDAD, JUSTICIA Y HUMANIDAD