Por Margarita Rivas
Los derechos sexuales y reproductivos son derechos humanos reconocidos en todos los instrumentos de Derechos Humanos firmados y ratificados por El Salvador. Su garantía es ineludible por parte de los Estados firmantes, por cuanto nuestro país, debe dar ya pasos serios para su garantía plena para toda la ciudadanía.
Estos derechos no sólo garantizan el acceso a la atención en salud sexual y reproductiva, sino que también garantiza la autonomía de las personas sin discriminación alguna, para tomar sus propias decisiones en todo lo que corresponda a su sexualidad y reproducción, para lo cual necesita educación e información veraz, oportuna, científica y sin prejuicios, (Educación Integral en Sexualidad).
La garantía integral de los derechos reproductivos para las mujeres, requiere también incluir el análisis serio e informado de la interrupción legal del embarazo en condiciones seguras desde el marco de los Derechos Humanos según los estándares internacionales y en ese sentido se hace necesario recordar al Estado Salvadoreño que el derecho a la protección de la salud para las mujeres de acuerdo al marco de los Derechos Humanos, se refiere al disfrute del más alto nivel posible de bienestar físico, mental y social, por lo que se entiende que la interrupción del embarazo para preservar la vida y la salud de la mujer cuyo embarazo la pone en riesgo, es legalmente factible.
El más alto nivel posible de bienestar físico, mental y social, son las condiciones de vida, factores socioeconómicos determinantes de la salud, que permiten que las personas vivan con dignidad y puedan desarrollar todo su potencial para ser ciudadanos y ciudadanas plenas y aportar a la sociedad desde sus espacios.
El derecho al más alto nivel de salud, reconoce que los estándares de bienestar son individuales, por lo que no pueden ser definidos por indicadores inflexibles que se aplique en general a todas las personas. Es decir el derecho a la salud, se vincula al derecho a la autonomía.
La penalización absoluta del aborto, es un obstáculo real y cruel que coloca a las mujeres en desigualdad, no sólo entre mujeres y hombres, sino también entre las mismas mujeres de procedencia geográfica, clase social y grupos hectáreas. Y es más, conduce a la criminalización de mujeres en condiciones de pobreza, que por los determinantes sociales precarios llegan a sufrir pérdidas espontáneas de sus embarazos o partos extra hospitalarios sin atención de salud adecuada. Y es así, que corren el grave riesgo de ser condenadas penalmente incluso sin haber cometido delito, a penas horrendas que van des de los 30 a 50 años de cárcel como ya se ha demostrado por las defensoras de derechos humanos de las mujeres.
El Estado salvadoreño no puede seguir interpretando de manera restrictiva el derecho a la salud de las mujeres negándoles incluso su derecho a la vida que sin libertad ni autonomía no llega a ser derecho.
Publicado en ContraPunto