San Salvador, 13 de marzo de 2018. Maira Verónica Figueroa Marroquín recuperó su libertad este 13 de marzo, luego de estar encarcelada por 15 años. El Estado le concedió la conmutación de pena, a partir del dictamen favorable de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y el acuerdo del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, ratificado por el presidente de la República. Salvador Sánchez Cerén consideró los argumentos presentados por la CSJ con respecto a la condición de analfabetismo y pobreza de Maira cuando ocurrieron los hechos por los que fue procesada.
La conmutación se aplicó “en el sentido de sustituir la pena principal de treinta años de prisión, impuesta por el Tribunal de Sentencia de Ahuachapán por la de quince años”, de acuerdo con la resolución de la CSJ.
En 2003, Maira, de 19 años, experimentó un parto extrahospitalario, en la casa de donde trabajaba como empleada doméstica. Tuvo una fuerte hemorragia por lo que fue trasladada al Hospital Nacional de Chalchuapa, donde fue detenida y acusada de haberse provocado un aborto. Posteriormente, la Fiscalía General de la República, al constatar el avanzado estado de gestación de Maira y no poder calificar los hechos ocurridos como aborto, cambió la tipificación del delito por homicidio agravado.
La Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico conoció el caso de Maira diez años después. En 2013, comenzó a estudiar su expediente para defender y comprobar su inocencia desde las instancias legales. El 1° de abril de 2014, realizó la solicitud de indulto para ella y 16 mujeres más que fueron procesadas y condenadas a penas de 12 a 40 años de prisión, después de que experimentaran partos extrahospitalarios y/o emergencias obstétricas. Estos casos han sido ampliamente conocido como “Las 17”.
En 2015, el indulto fue concedido a Mirna y Guadalupe, quienes recobraron su libertad; a Maira y al resto de mujeres, les fue denegado. Sin embargo, María Teresa fue puesta en libertad en 2016, al ser anulada su sentencia condenatoria mediante un juicio de revisión de sentencia. Recientemente, Teodora también recuperó su libertad, luego de que la Corte Suprema de Justicia conmutó su pena. Mientras que Kenia, Johana y Mariana obtuvieron la libertad por la concesión de beneficios penitenciarios.
Para ese mismo año, la Agrupación Ciudadana y el Centro de Derechos Reproductivos presentaron ante la Comisión Interamericana de Derechos (CIDH) el caso de Maira y ocho mujeres más. Ambas instituciones expusieron ante la CIDH que las demandantes, forman parte de un elevado número de mujeres judicializadas y encarceladas sin la garantía del debido proceso. El Estado violó a Maira y a las otras demandantes el derecho a la salud, al debido proceso y a lo no discriminación, por lo que solicitaron al Estado salvadoreño medidas estructurales de reparación y no repetición de situaciones que conduzcan a este tipo de violación de derechos. La CIDH aún no se ha pronunciado.
El 31 de enero de 2017, la Agrupación solicitó la conmutación de la pena de Maira. El 22 de marzo de 2017, la CSJ expuso sus argumentos, luego de revisar la solicitud. Para las y los magistrados existen razones para conmutar la pena para Maira. Esta resolución favorable la hicieron al presidente de El Salvador, de acuerdo con el artículo 168 No. 10 de la Constitución de la República, quien resolvió conmutar la pena, de acuerdo con los argumentos presentados por la Corte.
En la solicitud de conmutación, la Agrupación argumentó que no se escuchó la versión de Maira, por tanto, se irrespetó la presunción de inocencia; debido a los prejuicios patriarcales y a la actual legislación que penaliza toda forma de aborto, incluso el terapéutico y ético. Otro de los argumentos expuestos, fue que Maira no tuvo una defensa adecuada, pues en la audiencia inicial el abogado de oficio abandonó la sala y Maira debió declarar sin su presencia. Y para la audiencia en el Tribunal de Sentencia, le nombraron otro abogado defensor, el mismo día que se celebraba el juicio, todo ello vulneró su derecho a la defensa.
Maira sufrió un problema obstétrico y no cometió homicidio, por ello, la Agrupación Ciudadana considera que la Fiscalía no cumplió con el principio de imparcialidad establecido en el artículo 11 de su Ley Orgánica: “En caso de delitos y faltas deberán investigar no sólo los hechos y circunstancias en que se funde la responsabilidad del imputado o los que la agraven, sino también los que le eximan de ella, la extingan o la atenúen”. Así, Maira fue condenada sin pruebas directas, si no por especulación, tal como afirmó el propio Tribunal en la Sentencia condenatoria “respecto de la autoría el tribunal estima que no existe prueba directa, pero existen demostrados hechos que unidos entre sí, pueden llevar a una conclusión”.
La Agrupación celebra la conmutación de pena para que Maira recobre su libertad y seguirá luchando para que otras mujeres puedan reencontrarse con su familia y se generen los cambios necesarios en la legislación y la aplicación de justicia, para que casos como este no vuelvan a repetirse en nuestro país.
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