En 2008 “Manuela” (seudónimo), una campesina de 33 años, que vivió en la pobreza extrema, analfabeta y embarazada, estaba lavando ropa en el río cuando se cayó y se golpeó fuertemente en el estómago. Al día siguiente fue a la letrina detrás de su casa y tuvo una emergencia obstétrica, un parto precipitado extra hospitalario en que se murió el feto. Ella se desmayó de la hemorragia y su familia la llevó al hospital esperando un trato médico, pero lo que inició fue la serie de injusticias que terminó con su muerte en prisión en 2010 mientras pagaba una sentencia de 30 años por un supuesto homicidio agravado. Dejó en la orfandad a sus dos hijos pequeños que todavía viven con la madre y el padre de Manuela. El padre de los hijos salió para Estados Unidos varios años antes, y no se responsabilizó por ellos.
La Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto conoció el caso y la familia en 2011. Con el Centro de Derechos Reproductivos (CDR) de Nueva York, La Agrupación y la familia iniciaron en 2012 la demanda contra el Estado salvadoreño por las violaciones de sus derechos humanos bajo varios convenios internacionales y leyes nacionales.
En marzo de 2017 la Comisión Inter American de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA) admitió el caso donde ahora está esperando un fallo.
La admisión del caso es un reconocimiento de las múltiples violaciones de los derechos humanos cometidos por el sistema de salud, por los órganos judiciales, y como resultado de la misoginia que saturó todo el proceso. “No es un caso único,” observó Marta González, Asesora Legal con el CDR en un foro sobre Manuela en San Salvador. “Es una muestra de las violaciones estructurales en los sistemas del estado” que afectan a todas las mujeres en condiciones como las de Manuela: la pobreza, la falta de educación y servicios de salud, y los impactos de las leyes y prácticas culturales que conforman la subordinación de las mujeres.
El personal médico empezó a acusarla a Manuela de haberse provocado un aborto desde el momento que llegó al hospital sangrando fuertemente. La médica que la atendía introdujo en su expediente clínico valoraciones personales basadas en lo que Manuela contó como paciente, violando el secreto profesional. La Doctora afirmó en su informe médico que el embarazo era “producto de una infidelidad,” comentarios basados en sus concepciones morales personales. La médica fue la testigo principal en la audiencia donde “la infidelidad” fue mencionada varias veces, y también los estereotipos de la “súper-madre” que salvaguarda la vida de su feto aunque ella se está muriendo.
Según el CDR, Manuela sufrió de cáncer antes de su emergencia, pero no fue diagnosticada aunque había pasado consulta repetidas veces en su comunidad. Solo fue diagnosticada linfoma de Hodgkins, un cáncer, cuando su salud se deterioró rápidamente en la cárcel. Pero tampoco fue tratado adecuadamente en la cárcel, aunque “el estado tiene una responsabilidad especial para personas encarceladas.” Tampoco le dieron la oportunidad de pasar sus últimos días de vida con la familia, como dicta la ley, sino esposada a la cama donde se murió en condiciones infrahumanas. “Esto constituya la tortura,” enfatizó González.
“La justicia a nivel interno fue insuficiente e ineficaz,” valoró González. El derecho a la presunción de inocencia de Manuela nunca fue respetada. Sus defensores públicos nunca hablaron con Manuela para representar su versión de los hechos. Las autopsias fueron basadas en prejuicios. Utilizaron pruebas descatalogadas desde hace más de 100 años. Además, la policía manipuló a su padre, un hombre analfabeto, a poner su huella en un documento sin decirle que era una declaración en contra de su hija que iban a utilizar en el juicio. La Fiscalía nunca presentó pruebas de hechos delictivos.
Según González, es “un caso de una realidad estructural,” y esperamos “producir un cambio estructural en la realidad de El Salvador y servir como referente a otros países.” Agregó que El Salvador firmó voluntariamente convenios internacionales que “obligan al estado a adaptar sus leyes y también sus prácticas a los estándares internacionales.”
La CIDH puede exigir reparaciones para la familia y también al nivel estructural. Estos podrían incluir mejorar los servicios de salud para mujeres en sus comunidades y en prisión. Puede obligar al estado salvadoreño a reformar la ley que prohíbe el aborto, revisar las sentencias de las mujeres encarceladas por estos delitos, e implementar políticas para acabar con el uso de los estereotipos de género en el sistema judicial.
Concluye González, hay que ir “a la raíz del problema y no solo poner parches, pero hacer cambios estructurales.” Angélica Rivas, abogada con la Agrupación insiste que, “La familia de Manuela merece saber que ella fue inocente” y es el sistema que tiene la responsabilidad.
Por: Kathy Bougher
Publicado en Contrapunto