San Salvador, 23 de mayo de 2017
En El Salvador, desde hace 20 años existe una legislación que penaliza todas las formas de aborto, provocando graves violaciones a los derechos reproductivos de las mujeres. En las últimas dos décadas, decenas de mujeres han sido procesadas por abortos espontáneos o partos precipitados extrahospitalarios, debido a lo punitivo de esta reforma al artículo 133 del Código penal.
A diario, en los hospitales públicos, el personal médico se ve impedido a tener la opción de interrumpir embarazos que ponen en riesgo la vida o la salud de las mujeres porque la Ley lo prohíbe. Debido a esta violación a los derechos reproductivos de las mujeres, la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto y el Centro de Derechos Reproductivos presentaron el 21 de marzo de 2012 el caso de Manuela ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados de las Américas (OEA). Este 18 de marzo, la CIDH, en su sesión n° 2077, admitió la demanda contra el Estado de El Salvador, a favor de Manuela por la violación de su derecho a la vida, a su integridad personal, a estar libre de tratos crueles, inhumanos y degradantes y al derecho de toda persona privada de libertad, a ser tratada con dignidad y garantías judiciales.
¿Pero quién era Manuela?
Manuela era una mujer campesina, que vivía en un cantón rural del norte del país. Nunca asistió a la escuela, era madre de dos niños y sufría problemas de salud que no fueron debidamente diagnosticados. En 2008, tuvo un parto precipitado sin atención médica, que provocó la muerte de su criatura. Fue acusada de aborto y, después, condenada por homicidio agravado a 30 años de prisión. Sus problemas de salud se agravaron mientras estaba presa: le diagnosticaron una cáncer linfático, que posiblemente fue el causante de su problema obstétrico. No recibió un tratamiento médico sistemático y murió en 2010, privada de libertad. Desde que fue encarcelada nunca pudo volver a ver a sus hijos.
La Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto y el Centro de Derechos Reproductivos asumieron la defensa de Manuela y su familia para que, aunque sea después de su muerte, se le haga justicia, se restituya su dignidad y la de su familia y sus hijos. Para ello, el 21 de marzo de 2012 se presentó la “Demanda 424-12 Manuela y Familia. El Salvador”, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual fue admitida, al considerar que de ser probados los hechos denunciados, constituirían violaciones a la Convención Americana de Derechos Humanos, la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, por parte del Estado salvadoreño.
Diversos organismos de Naciones Unidas y de la OEA han recomendado reiteradamente que nuestro país debe de modificar su legislación sobre aborto y revisar los casos de mujeres condenadas por la aplicación de la actual legislación. Esto con el fin de garantizar los derechos de las mujeres y que nuestra legislación cumpla los diversos Convenios y Convenciones internacionales firmados por El Salvador.
El caso de Manuela no es el único. Desde 2000 hasta 2014, se registran 147 historias de mujeres salvadoreñas encarceladas, luego de padecer emergencias obstétricas o partos extrahospitalarios. Es por ello que la Alianza por la Salud y la Vida de las Mujeres, después de siete meses de haber sido presentada la propuesta de reforma al art. 133 del Código Penal para despenalizar la interrupción del embarazo en cuatro causales, insta a las diputadas y diputados que conforman la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales a emitir un dictamen favorable para que esta propuesta sea votada en el Pleno Legislativo, a fin de que la vida y la salud de las mujeres sea respetada.
Si usted desea leer la resolución completa de la CIDH sobre el caso de Manuela, dé clic en el enlace siguiente: https://goo.gl/qgPXAL
Para mayor información y/o entrevistas:
Jorge Menjívar jorgem.agrupaciónciudadana@gmail.com
(503)7657-0800