La actual titular de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) de El Salvador concluirá su mandato el próximo 21 de septiembre de 2019, por lo que en cumplimiento de lo establecido en los Arts. 131 inciso 19, y 191 de la Constitución de la República, se dio inicio al procedimiento para seleccionar a la nueva persona titular de esta importante institución.
Se trata de un cargo de la mayor relevancia para la protección de los derechos humanos en El Salvador y, especialmente, para la protección de los derechos de las víctimas. Por ello, resulta imprescindible que la designación recaiga sobre una persona capaz, idónea e independiente para desempeñar este cargo, y que sea el resultado de un proceso de selección acorde con los parámetros Constitucionales y los estándares internacionales, orientado a evaluar el mérito y las capacidades de las personas postulantes, con base a criterios que garanticen también su independencia.
Reconociendo la importancia que reviste una institución estatal como la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos -PDDH- cuya creación surge posterior a la firma de los Acuerdos de Paz, a la cual le corresponde velar por la protección, promoción y educación de los Derechos Humanos, y por la vigencia irrestricta de los mismos, consideramos indispensable que la persona que ostente la representación de la esta institución debe encontrarse en sintonía con los requisitos establecidos en el Art. 194.I de la Constitución de la República, Arts. 4 al 10 de la Ley de la PDDH y Art. 9 de su Reglamento.
En ese sentido, las organizaciones de la sociedad civil, que conformamos “la Articulación por una Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos para todas las personas”, realizando un análisis de marcos jurídicos internacionales, como los principios relativos al Estatuto y Funcionamiento de las Instituciones Nacionales de Protección y Promoción de los Derechos Humanos o Principios de París, punto referente en el marco internacional sobre las oficinas del Ombudsman, hemos construido dos instrumentos:
- El primero, desarrolla los elementos que debe contener el perfil idóneo de la persona a ostentar la titularidad de la PDDH, mismo que pretende servir de complemento al proceso de evaluación a los(as) aspirantes.
- El segundo, está compuesto por recomendaciones para evaluar el cumplimiento del requisito de moralidad notoria a quienes participan en el proceso de selección de titular de la PDDH.
Consideramos oportuno que los diputados y diputada de la Comisión Política de la Asamblea Legislativa, tomen en cuenta estos instrumentos, pues contemplan estándares internacionales vertidos a través del informe temático sobre Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia, emitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El ofrecimiento de estos insumos nace para fortalecer el proceso de elección, pues las organizaciones que suscribimos la presente hemos dado seguimiento a las entrevistas realizadas, y éstas nos parecieron un espacio para simular transparencia, pues de ellas no se obtienen elementos suficientes o contundentes para que las y los legisladores tomen una decisión fundamentada y respaldada al momento de elegir al nuevo(a) titular de la PDDH. A esto se suma también la inexistencia de una metodología certera, como es el caso de no contar con un baremo ni otro tipo de instrumento que permita recabar información objetiva, pues se ha identificado que a determinados candidatos(as) se les han realizado preguntas para presuntamente descalificarles, por la opinión que poseen respecto a temas como los derechos de la población LGBTI y despenalización del aborto.
Como mencionamos, estamos dando seguimiento al desarrollo del proceso de elección, y deseosos de que se fortalezca la institucionalidad del Estado; valoramos que esto solamente es posible con el nombramiento de la persona idónea en el cargo, a fin de una eficaz defensa, promulgación y garantía de los derechos humanos de la población salvadoreña en general, con especial énfasis a las personas más desprotegidas.